| In dubio, pro rico |
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| Sociedad - Justicia | |
| escrito por Red Catalana | |
| Thursday, 21 de February de 2008 | |
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El Tribunal Constitucional revocó ayer la condena a tres años y cuatro meses de cárcel por estafa, impuesta por el Tribunal Supremo a Alberto Cortina y Alberto Alcocer por el llamado caso Urbanor. El fallo del Constitucional, que ha tardado cuatro años en resolver el recurso de los Albertos, es una verdadera burla a la Justicia, que consagra el principio de impunidad de los poderosos y degrada todavía más la menguada credibilidad del Alto Tribunal. En su sentencia, el Constitucional reconoce que no hay ninguna duda de que los dos primos estafaron a sus socios en 1988 en la operación de compraventa de los solares de la Plaza de Castilla, lo que, a juicio de los magistrados, ha quedado acreditado «en virtud de una prueba suficiente y practicada con todas las garantías». Pero el Alto Tribunal estima que ese delito había prescrito porque el plazo de cómputo debe establecerse desde la fecha de la comisión del acto hasta que la querella es admitida a trámite por el juez y no basta su presentación en el juzgado, como consideraba el Supremo en su fallo condenatorio.
Ello supone un cambio de la doctrina que el
Constitucional había venido aplicando hasta hace muy poco y un bofetón
al propio Supremo, que parece el órgano judicial adecuado para
interpretar cuándo se interrumpe la prescripción de un delito, una
cuestión de naturaleza penal y no constitucional. El nuevo criterio es
sencillamente absurdo porque hace depender la prescripción de la
voluntad del juez, que no tiene ningún plazo marcado para admitir la
denuncia o la querella, con lo que podría darse el caso de que el mismo
delito prescribiese en un juzgado, pero no en el de al lado.
El Constitucional apela en su fallo a «la exigencia de una tutela judicial reforzada» que se debe aplicar en favor del acusado. El argumento suena a sarcasmo en este asunto, ya que los Albertos han dispuesto para su defensa de los mejores bufetes del país y de poderosos amigos que han tutelado su causa. De hacerse extensiva esta nueva doctrina, el caso Alierta podría también declararse prescrito porque un juez lo archivó durante un tiempo en base a unos precedentes de Nueva Zelanda, aunque luego fue reabierto por la Audiencia de Madrid. Los dos primos –aunque todavía tienen una causa pendiente por la falsificación de una carta exculpatoria– pueden respirar aliviados porque no van a ir a la cárcel, pero les queda el baldón de lo que establecen como acreditado tanto el Supremo como el Constitucional: que estafaron a sus socios merced a un complejo acuerdo con Javier de la Rosa, que les permitió convertirse en los principales accionistas del Banco Central a cambio de dos inmuebles. Aquella operación fue negociada en casa de Enrique Sarasola, en presencia de Felipe González. El Constitucional ha preferido dejar de sancionar esa estafa al aplicar una nueva doctrina que favorece la impunidad del delincuente. El viejo principio del derecho romano establece que in dubio, pro reo. Lo que el Constitucional ha entendido es in dubio, pro rico, dejando claro que hay diversas clases de Justicia según la renta y valedores de cada uno. |
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| Modificado el ( Sunday, 09 de March de 2008 ) | |
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